febrero 07, 2011

RENTA EXTRAORDINARIA O CABALLO DE TROYA





RENTA EXTRAORDINARIA
Dos articulos del Dr. Gabriel Vénica
http://www.gabrielvenica.com.ar/
gvénica@ uade.edu.ar






ELIMINACIÓN DE LAS RETENCIONES DESPUÉS QUE SE
ESTABLEZCA UN IMPUESTO A LA “RENTA EXTRAORDINARIA



Llama la atención que Prat Gay (integrante del Partido que con más claridad y fervor defendió al agro) utilice esta terminología pre científica de raigambre metafísica, al mejor estilo del “precio justo” de Aristóteles y Santo Tomás.
Hablar de renta extraordinaria implica un juicio de valor muy poco amigable con parámetros objetivos serios y sobre los cuales exista un mínimo de consenso entre economistas.
Aun proponiéndonos esta magna tarea, antes de utilizar el concepto de marras (renta extraordinaria) deberíamos:
1) Definir si con la expresión renta extraordinaria nos referimos al beneficio bruto, al operativo, con o sin amortizaciones, antes o después de intereses, antes o después de impuestos por solo citar solo alguna de los innumerables ratios en que puede expresarse la renta...
2) Determinar ¿Qué porcentaje de la misma constituiría una renta “ordinaria”?
3) Establecer ¿Cómo ponderaremos e imputaremos el riesgo en esta calificación...? Porque se puede ganar mucho arriesgando mucho y ganar poco arriesgando poco, mucho arriesgando poco y poco arriesgando mucho; porque hay negocios estables, otros impredecibles, otros erráticos y algunos absolutamente desconocidos hasta que un pionero decide incursionar.
4) Puntualizar ¿Cómo estimaremos la inversión en este contexto...? Porque ganar $1.000.000 es mucho para quien invirtió $100.000 y poco para quien invirtió $100 millones...
5) Especificar ¿Cómo valoraremos el tiempo (retorno de la inversión, rotación, etc...)? Porque no es lo mismo ganar el 30% sobre una mercadería que puedo rotar 20 veces en un año que el 30% sobre una inversión que rota solo una o dos...
6) ¿Cómo evaluaremos el “costo de oportunidad” de quien disponiendo de recursos podría invertirlos en una inversión más rentable o más segura?
7) ¿Contra “qué” compararemos el beneficio para establecer el mas y el menos...? La renta es susceptible de muchas comparaciones.... Podemos hablar de ROA (Renta en relación al activo); de ROE (Renta en relación al capital), ROI (Renta en relación a la inversión), ROS (Renta en relación al monto total de lo vendido). Un negocio puede parecer jugoso si analizamos el ROS (porcentaje de la renta en relación a la facturación total) y sin embargo ser insignificante si consideramos el capital que está en juego (ROE)...
En definitiva, es casi imposible hablar de gran renta o pequeña renta sin entrar en juicios de valor caprichosos y arbitrarios. Hay inversores para todos los gustos. Algunos prefieren un 5% anual en un plazo fijo sin riesgo y sin trabajo en las Islas Caiman y otros no se conforman siquiera con un 100% participando de inversiones de alto riesgo... ¿Bajo qué premisa se puede decir que quien arriesgó mucho y ganó mucho en relación a quien arriesgó poco y ganó menos ha obtenido una renta extraordinaria, por poner un solo ejemplo?
¿Bajo qué premisa se decreta a priori que el campo en cualquiera de las variables antes mencionadas sería el único que tendría renta extraordinaria o no tendría derecho a tenerla en su caso?
Descontamos en que en el caso de acometer la clase política la magna tarea de definir y gravar la “renta extraordinaria” este impuesto será respetuoso de la igualdad ante la ley y todas las actividades quedarán sujetas al fisco.
Desde ya habría que modificar el impuesto a las ganancias y la larga tradición jurisprudencial en la materia que considera violatorio al derecho de propiedad una quita mayor al 35%.




MÁS SOBRE LA RENTA EXTRAORDINARIA
(Mal de muchos consuelo de tontos)


Agradeciendo al Partido que mayor coherencia mostró en relación al agro me
permito opinar que la idea de un impuesto a la renta extraordinaria sigue siendo desacertada a pesar de la aclaración, no por el mayor o menor impacto que tenga en la actividad agropecuaria (que seguramente será mínimo y permitirá demostrar que hay muchos sectores más rentables), sino por los “vicios conceptuales que encierra” y que a mi falible entender son 5:
1) El concepto de renta extraordinaria sigue siendo equívoco, de difícil (por no decir imposible) definición objetiva por las mismas razones que ya expusimos anteriormente. La calificación de “extraordinario” depende de valoraciones subjetivas y arbitrarias que tienen que ver con el riesgo asumido, las expectativas y el esfuerzo realizado. Existen criterios para todos los gustos, variables infinitas y parámetros múltiples para juzgar el mas y el menos (el capital invertido, el total facturado, el activo involucrado, la inversión realizada, la antigüedad en el negocio). Una renta anual puede ser buena (extraordinaria) comparada con alguno de estos parámetros y mala en relación a otros.
El hecho que ahora se considere que el impuesto a la renta extraordinaria será para todos los sectores de la economía no subsana esta dificultad; sólo hace realidad la frase “mal de muchos consuelo de tontos”
2) ¿Por qué se debe considerar extraordinaria la rentabilidad de una inversión de riesgo o de quien después de muchos años inventó un medicamento, mejoró la resistencia a la sequía de una semilla, descubrió un nicho interesante de mercado, halló un mineral raro, “la pegó” con una canción o pintó un cuadro que le gustó a Slim, en relación a la módica rentabilidad de quien optó por una inversión segura en un plazo fijo sin trabajar? ¿No debiera el Estado estimular este tipo de logros en vez de desalentarlos? Si aplicamos impuestos progresivos con esta lógica desalentamos el esfuerzo extraordinario en pos de “negocios extraordinarios” perjudicando la creación de riqueza, la innovación, el emprendimiento de alto riesgo. Esto no se soluciona fácilmente diciendo que se permitirá compensar los años malos; en muchas actividades “el aguante” rinde después de décadas (como pasó con el campo).
3) La expectativa subjetiva y personal de una renta extraordinaria, más allá de la dificultad para definirla, es lo que mueve a inversores, emprendedores, empresarios a dejar de hacer lo que están haciendo para hacer otra cosa, a preocuparse y arriesgar más, en definitiva a impulsar la generación de riqueza a nuevos horizontes. Nadie hará un esfuerzo extraordinario si se encuentra con que su dedicación en vez de ser recompensada será castigada con una alícuota progresiva en el caso de tener éxito. Es como achicar la comisión de ventas de un vendedor a medida que mejora su performance para “que no gane tanto”.
4) Castigando la renta extraordinaria eliminamos la principal “señal” (señuelo) que tiene el inversor para orientarse a actividades en las que amerita invertir de la misma manera en que el control de precios de Moreno desorienta al mercado generando distorsiones que la realidad se cobra con intereses. Así como un alto precio actúa como llamador para que quien pueda ofrecer lo mismo a un precio menor entre en el negocio, aumente la competencia y en definitiva el precio baje (lo que no ocurre cuando hay control); de la misma manera la renta “extraordinaria” es una invitación a los agentes económicos a concurrir a dicho negocio, a imitar determinadas conductas y a generar valor económico genuino.
5) Y si el impuesto está pensado para todas las actividades ¿Por qué mantener al campo sometido a la tortura de las retenciones hasta tanto esta ley sea sancionada como condición inexcusable para su eliminación? Sería justo que sometamos desde ya a todas las actividades a un esquema de retenciones hasta el día en que se haga realidad susodicho impuesto compensatorio. O es para todos la cobija o es para todos el invierno (ARI).
6) Por último: Nuestro problema como país no son las rentas extraordinarias sino los gastos extraordinarios de un estatismo siniestro y extraordinario en el contexto de un despilfarro extraordinario y de una corrupción extraordinaria. El gasto público consolidado (Nación/provincia/municipios) que llegaba a los USD 50.000 Millones durante Alfonsín, se incrementó a USD 100.000 durante Menem (a pesar de las privatizaciones) y en la actualidad alcanza los USD 150.000 sin que hayan mejorado mucho la educación, la seguridad y la justicia
.
Nota bene: El caballo de troya agregado al título fue en recuerdo de los venenosos argumentos esgrimidos para presentar gato por liebre: no desfinanciar al estado, segnmentaciones etc.L.E.S.O.

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